Abierto el plazo de realización y justificación de la anualidad 2024 y primer trimestre 2025 para Proyectos de Mejora de Mercados Tradicionales de Canarias y Zonas Comerciales Rurales
Objeto:
Mejorar en el ejercicio 2024 los Mercados Tradicionales de Canarias con actuaciones de gestión, promoción y dinamización, que presenten los Ayuntamientos o Entidades que gestionan estos espacios de desarrollo económico de nuestras ciudades y pueblos. Asimismo, también tendrán como finalidad la mejora comercial de las Zonas Comerciales Abiertas de los municipios Rurales de Canarias con actuaciones de gestión, promoción y dinamización, que presenten los organismos de gestión de las mismas y sus Federaciones o Agrupaciones que integran el comercio y que gestionan estos espacios de desarrollo económico de nuestros municipios rurales.
A quién está dirigido:
Asociaciones y Administración Local Inicio del trámite: Interesado Beneficiarios: I) MERCADOS TRADICIONALES DE CANARIAS, situados en municipios de mas de 15.000 habitantes.
Las entidades beneficiarios serán los Ayuntamientos/ Mancomunidades, así como las Entidades Gestoras entendiéndose como tal, aquellas que las propias entidades locales de ámbito municipal hayan autorizado para la gestión de los servicios de estos equipamientos comerciales, de la Comunidad Autónoma de Canarias.
También podrán ser entidades beneficiarias las Federaciones y/o Agrupaciones de los Organismos de Gestión , siempre que se acrediten en la/s solicitud/es las ventajas de que la formulación se realice de forma agrupada.
II) OTRAS ACTUACIONES DE APOYO AL COMERCIO RURAL, cuyas líneas son:
A) MERCADOS Y MERCADILLOS TRADICIONALES RURALES situados en municipios rurales o en entidades de población de menos de 15.000 habitantes de los municipios no rurales.
Las entidades beneficiarios serán los Ayuntamientos, así como las Entidades Gestoras entendiéndose como tal, aquellas que las propias entidades locales de ámbito municipal hayan autorizado para la gestión de los servicios de estos equipamientos comerciales, de la Comunidad Autónoma de Canarias.
También podrán ser entidades beneficiarias las Federaciones y/o Agrupaciones de los Organismos de Gestión, siempre que se acrediten en la/s solicitud/es las ventajas de que la formulación se realice de forma agrupada.
B) APOYO A LAS ZONAS COMERCIALES ABIERTAS RURALES DE CANARIAS en municipios rurales o en entidades de población de menos de 15.000 habitantes de los
municipios no rurales.
Las entidades beneficiarias serán los organismos de gestión de las mismas con personalidad jurídica propia, (Organizaciones/Asociaciones Empresariales/Comerciantes, Consorcios Público-
Privados, etc.) que asocien/integren directa o indirectamente a una parte relevante de las pequeñas y medianas empresas comerciales del área de actuación, que pretendan llevar a cabo alguna de las acciones incentivables previstas en las presentes bases.
También podrán ser entidades beneficiarias de la presente convocatoria las Federaciones y/o Agrupaciones de los Organismos de Gestión siempre que se acrediten en la/s solicitud/es las ventajas de que la formulación se realice de forma agrupada. Grado de administración electrónica: Nivel 4: Tramitación electrónica completa Se publica en la Ventanilla Única Europea: No Requisitos previos:
- Para la linea de apoyo a Zonas Comerciales rurales:
- Dado que se presume que la subvención otorgada revierte indirectamente en prestaciones a las pymes participantes en el proyecto, por estar asociadas a la entidad solicitante, se entiende a efectos de esta convocatoria obtenidas por las mismas.
- Cuando en la asociación beneficiaria se produjese alguna variación (alta/baja) de algunas de las empresas, a efectos de cómputo de la subvención se entenderá que solo revierte la parte proporcional correspondiente al tiempo que ha permanecido en la misma.
- Las subvenciones objeto de las presentes bases se acogen al régimen del Reglamento (CE) nº 1407/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013 (DOCE nº 352, de 24.12.13) relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis, estableciendo en su artículo 3:
- El importe total de las ayudas de mínimis concedidas a una única empresa no excederá de 200.000 euros durante cualquier período de tres ejercicios fiscales.
Cuantía
- Convocatoria por importe de UN MILLÓN DE EUROS (1.000.000,00€) de la siguiente forma:
- 1º) 700.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 15.05.431B.750.04, P.I.237G0335 Plan de Mercados Tradicionales de Canarias, para financiar las siguientes
- actuaciones subvencionables:
- I) MERCADOS TRADICIONALES DE CANARIAS, situados en municipios de más de 15.000 habitantes.
- II) A) MERCADOS Y MERCADILLOS TRADICIONALES RURALES situados en municipios con menos de 15.000 habitantes o en entidades de población de menos de 15.000
- habitantes de los municipios no rurales.
- 2º) 300.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 15.05.431B.780.02, P.I.
- 237G0336 Programa de Desarrollo Comercio Rural, destinada a la siguiente actuación subvencionable:
- II) B) APOYO A LAS ZONAS COMERCIALES ABIERTAS RURALES en municipios con menos de 15.000 habitantes o en entidades de población de menos de 15.000 habitantes
- de los municipios no rurales.
Criterios de valoración y baremación:
I) MERCADOS TRADICIONALES DE CANARIAS
II A) MERCADOS Y MERCADILLOS TRADICIONALES RURALES
1. Nivel de gestión : HASTA 15 PUNTOS.
a) Existencia de una gerencia profesionalizada: 5 puntos
b) Existencia de un plan estratégico previo: 5 puntos
c) Existencia de imagen unitaria: 5 puntos
2. Nivel de oferta. HASTA 45 PUNTOS.
a) Periodo de apertura (semanal). Hasta 25 puntos.
b) Intensidad comercial: hasta 20 puntos
– Número de puestos totales existentes. Hasta 10 puntos
– Número de puestos ocupados. Hasta 5 puntos
– Superficie del mercado: Hasta 5 puntos
3. Nivel de financiación acreditada del proyecto. HASTA 25 PUNTOS
– % del presupuesto asumido directamente por el organismo de gestión de la zona comercial abierta. Hasta 20 puntos
– % de otros organismos que patrocinen el proyecto. Hasta 5 puntos
4. Los proyectos ubicados en las islas no capitalinas. 5 PUNTOS
5. Por el orden cronológico de entrada: HASTA 5 PUNTOS
6. A estos porcentajes se podrán añadir 5 puntos más si el proyecto incide especialmente en el desarrollo sostenible.
II B) APOYO A LAS ZONAS COMERCIALES ABIERTAS RURALES.
Base novena bases reguladoras (Orden de 8 de mayo de 2020 (BOC n.º 98 de 20/05/2020), modificadas por Orden 5 de junio de 2021 (BOC Nº 122 DE 15/06/2021)
Forma de Abono:
- De conformidad con el Acuerdo de Gobierno de 25 de febrero de 2021 (BOC N.º 46, de 8 de marzo de 2021), de modificación tercera del Acuerdo de Gobierno de 26 de marzo de 2020 (BOC nº 73, de 14 de abril de 2020) que autoriza las condiciones de los abonos anticipados de subvenciones, el pago de la subvención de la convocatoria se efectuará por anticipado previa solicitud del mismo, sin perjuicio de que el beneficiario pueda solicitar pagos parciales de conformidad con la base reguladora decimoprimera punto .2.
Medio de Presentación: Electrónico:
Plazo de presentación:
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Fecha Inicio: 17/1/2025 00:00
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Fecha Fin: 30/6/2025 23:59
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