Tras el final de agosto y con el comienzo de septiembre, se ha abierto el plazo que Seguridad Social estimó hace unos meses para comenzar la regularización de las cuotas que los autónomos pagaron en 2023. Previsiblemente, en las próximas semanas la Tesorería comenzará a comunicar a los trabajadores por cuenta propia el resultado de dicha regularización.
En algunos casos, los autónomos tendrán que pagar a Seguridad Social la diferencia entre las cuotas que pagaron el año pasado y las que les correspondían, según sus ingresos reales. En otros, será la Tesorería quien deberán devolver lo cotizado de más, siempre que los trabajadores por cuenta propia no rechacen la regularización para mantener sus prestaciones y futura jubilación. Mientras que, para otros autónomos, el resultado será neutro.
Según explicaron desde la Seguridad Social, el resultado de la regularización de cuotas de los autónomos se comunicará a éstos por el canal de notificaciones electrónicas de la Tesorería, NOTESS, “al tratarse de un colectivo obligado a recibir notificaciones y comunicaciones por medios electrónicos.”
A partir de entonces, se abrirá el plazo para que los autónomos puedan recurrir, rechazar la devolución del exceso de cotización -en caso de haber pagado más cuotas de las correspondientes según los rendimientos netos- o abonar a la Tesorería lo cotizado de menos durante el año pasado. Como se estableció en la reciente reforma del reglamento, los tiempos serán diferentes en cada caso.
Los autónomos tendrán un mes para pagar a la Seguridad Social la regularización de sus cuotas
En primer lugar, los autónomos que el año pasado pagaron menos cuotas de las que les correspondían según los rendimientos netos que finalmente obtuvieron, deberán abonar a la Seguridad Social estas diferencias durante el mes siguiente a la recepción de la notificación de la Tesorería a través del buzón electrónico.
En concreto, los autónomos en esta situación deberán “ingresar el importe de la diferencia hasta el último día del mes siguiente a aquel en que se les haya notificado el resultado de la regularización, sin aplicación de interés de demora o recargo alguno de abonarse en ese plazo”, recogió el BOE hace unas semanas en la modificación del reglamento.
Además, este abono deberá efectuarse “mediante el documento de ingreso que facilite la Tesorería General de la Seguridad Social en la notificación del resultado de la regularización, o que ponga a disposición de los interesados a través de los correspondientes servicios telemáticos.”
Así, si un autónomo recibiera la notificación de la regularización de cuotas con resultado a favor de la Tesorería, por ejemplo, el próximo 10 de septiembre, tendría hasta el 31 de octubre para abonar a la Seguridad Social las cantidades solicitadas.