CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES EMPRESARIALES Y FEDERACIONES EMPRESARIALES 2024

Proceso Abierto

Fecha Final: 25/07/2024

PARA EL FOMENTO DEL ASOCIACIONISMO EMPRESARIAL Y LA DINAMIZACIÓN DE ZONAS COMERCIALES ABIERTAS Y PARQUES EMPRESARIALES DE LA ISLA DE GRAN CANARIA

 

Estas subvenciones tienen por objeto el fomento del asociacionismo empresarial mediante la contratación de personal o prestación de servicios, línea 1 y a la financiación de proyectos dirigidos a la realización de acciones de dinamización de las zonas comerciales abiertas y parques empresariales de Gran Canaria, línea 2.

Podrán ser beneficiarias de subvención las siguientes entidades:

Línea 1: Fomento del asociacionismo empresarial mediante la contratación de personal o de prestación de servicios

  • 1. Las asociaciones empresariales de zonas comerciales abiertas de Gran Canaria.
  • 2. Las federaciones empresariales o asociaciones del sector comercio, en los que más de la mitad de sus socios sean de Gran Canaria.
  • 3. Las asociaciones empresariales de parques empresariales de Gran Canaria.

Línea 2: Realización de acciones de dinamización de las zonas comerciales abiertas y parques empresariales

  • 1. Las asociaciones empresariales de zonas comerciales abiertas de Gran Canaria.
  • 2. Las asociaciones empresariales de parques empresariales de Gran Canaria.

No podrán ser beneficiarias de subvención las entidades en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

La presente convocatoria de subvenciones tiene los siguientes objetivos:

a) Línea 1

  • Reforzar las estructuras asociativas empresariales y el trabajo colectivo en las zonas comerciales abiertas y parques empresariales.
  • Favorecer la participación de las asociaciones empresariales y federaciones empresariales en las zonas comerciales abiertas y parques empresariales.
  • Facilitar la gestión y funcionamiento de las asociaciones empresariales y federaciones empresariales mediante la contratación de un gerente/dinamizador.
  • Promover un mayor protagonismo de las asociaciones empresariales y federaciones empresariales en las zonas comerciales abiertas y parques empresariales.
  • Incentivar la colaboración empresarial como estrategia para una mejor gestión empresarial

b) Línea 2

  • Revitalizar el tejido empresarial de las zonas comerciales abiertas y parques empresariales, a través de la realización de acciones de dinamización que lleven a cabo las asociaciones empresariales.
  • Incentivar la actividad y dinamismo en las zonas comerciales abiertas y parques empresariales.
  • Fomentar el comercio de proximidad y los hábitos de compra en las zonas comerciales abiertas como alternativa a otros formatos comerciales.
  • Atraer al consumidor a las zonas comerciales abiertas y parques empresariales mediante la realización de acciones de promoción y dinamización comercial.
  • Promocionar las zonas comerciales abiertas y parques empresariales.
  • Impulsar la digitalización de los comercios de la isla.
  • Con carácter excepcional, financiar gastos corrientes relativos al funcionamiento en general de las asociaciones empresariales. La financiación de estos gastos responde a la reducción en la recaudación de las cuotas que han tenido las asociaciones empresariales como consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19.

Podrán ser beneficiarias de subvención, en los términos establecidos en el artículo 11.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, las siguientes entidades:

  1. Las asociaciones empresariales de zonas comerciales abiertas de Gran Canaria.
  2. Las asociaciones empresariales de parques empresariales de Gran Canaria.
  3. Las federaciones empresariales o asociaciones del sector comercio, en los que más de la mitad de sus socios sean de Gran Canaria.

Estas entidades deberán:

  1. Estar legalmente constituidas y tener su domicilio social en la isla de Gran Canaria a la fecha de publicación de la convocatoria.
  2. Tener entre sus fines la promoción, representación, desarrollo, gestión y/o defensa de los intereses empresariales en el ámbito de la isla de Gran Canaria.
  3. Haber depositado los estatutos en el registro correspondiente del Gobierno de Canarias con una antigüedad mínima de un año.

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